
El Jurado de Enjuiciamiento recibió un pedido de jury contrala camarista Norma Ceballos y su par de la Sala II de la Cámara Segunda en loCivil y Comercial de Paraná, Oscar Daniel Benedetto. El pedido de jury contraCeballos y Benedetto se sustenta en la regulación de honarios que hicieron afavor de la abogada María Luisa Domínguez en la instancia de apelación de lacausa “Cáceres Hilda Susana Y Otros C/ Irusta Héctor Raúl y Otros S/Ordinarioaccidente de tránsito” a quien le asignaron $ 228.600.
Según la denuncia presentada el pasado 26 de noviembre, nohay correspondencia entre ese monto y los honorarios que se le regularon a lamisma abogada en primera instancia: $ 160.400. La ley 7.046, menciona elescrito, establece que las retribución de un abogado en una apelación deben serentre el 40 y el 70 por ciento de ese valor, por lo que tendría que haberestado entre los $ 64.100 y los $ 112.280. Pero “regularon la desproporcionadae injustificada suma de $ 228.400, esto es un 170 % de los honorarios reguladosen primera instancia”, consigna la denuncia, a la accedió APF.
Por eso la demanda ante el Jurado de Enjuiciamiento contraCeballes y Benedetto es por “ignorancia inexcusable del derecho”, causalcontenida en el inciso 2° del artículo 15° de la ley 9.283 dado que ambos“desconocieron” el mandato normativo fijando un honorario superior,determinación que en la sentencia “no se encuentra fundado”, precisa el escritointerpuesto ante el Jury.
“La conducta plasmada en la sentencia mencionada por losmagistrados denunciados permite ‘crear’ ilícitamente un título jurídico quepodría producir un enriquecimiento ilícito a su beneficiario. La causa fuentede los mismos es ilegal, ilícita, no ajustada a derecho y máxime creada pormagistrados que tienen la obligación legal de ‘conocer el derecho’”, detalla ladenuncia.
“Tratándose de una cuestión sencillamente comprobable, sesolicita que se actúe con la mayor premura, corriendo inmediata vista a losdenunciados, al Fiscal y abriendo el trámite del presente proceso”, añade.
Benedetto es el presidente de la Sala Segunda y es titularen el cargo, con acuerdo del Senado tras haber participado en un concurso delConsejo de la Magistratura. Ceballos, en cambio, está designada en formaprovisoria a cargo del despacho que se encuentra vacante.