
El Superior Tribunal de Justicia Entre Ríos emitió un nuevo falloconvalidando la constitucionalidad de la ley de emergencia solidaria aprobada amediados de año por la Legislatura provincial.
En esta oportunidad el STJ estuvo integrado por conjueces, ya que el amparo por inconstitucionalidad de la ley había sido impulsado por un grupo de jueces jubiladosque buscaban evitar los descuentos que estableció la norma. Los conjueces revocaron el fallo de primerainstancia que había favorecido a los jubilados del Estado.
El STJ estuvo compuesto por Martín Acevedo Miño;Gabriela del Carmen Cevallos; Alejandro Canavesio; Enrique Marciano Martínez yGastón Justet y entendió en la causa “PabónEzpeleta, Carlos Alberto y otros” contra el Gobierno provincial.
La decisión se dio por mayoría. Los conjueces Acevedo Miño yCevallos votaron por sostener el fallo de primera instancia que había declaradola inconstitucionalidad de la norma provincial.
Por el contrario, Canavesio; Martínez y Justet votaron porrevocar la sentencia que había beneficiado a los trabajadores pasivos,siguiendo los lineamientos dispuestos por el mismo Tribunal (con suconformación originaria) en el caso “Rombolá”, registró APF.